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9 de diciembre de 2014

Presos como posibles votantes

En abril de este año la Corte Electoral emitió un comunicado que hablaba de la posibilidad de que los privados de libertad tuvieran derecho a votar; hecho que no se concretó, por lo que en estas elecciones los reclusos no pudieron hacerlo.

La idea planteaba que solo podrían tener derecho a sufragio:
  • los reclusos cuya pena no superara los dos años,
  • que no estuvieran procesados todavía pero que su delito cometido suponga que no serían penados por más de dos años, por la naturaleza (características) del delito.


Según lo establecido en la Constitución de la República Oriental del Uruguay, en el artículo 80, numeral 2,3 y 4:
La ciudadanía se suspende:
2 . Por la condición de legalmente procesado en causa criminal de que pueda resultar pena de penitenciaría.
3. Por no haber cumplido dieciocho años de edad.
4. Por sentencia que imponga pena de destierro, prison, penitenciaría o inhabilitación para el ejercicio de derechos políticos durante el tiempo de la condena.


Esto quiere decir que las personas que se encuentran recluídas pierden instantáneamente la ciudadanía al ingresar al centro, lo que les impide votar. Por lo que debería modificarse la Constitución para que esto sea posible.


Este proyecto que originalmente esperaba que se concretara para estas elecciones pasadas, no pudo concretarse, y tampoco se sabe que va a pasar para las próximas elecciones.

Ninguno de estos datos salió en los medios de comunicación por lo que todo es información obtenida por Penitencia de Grandes.

1 comentario:

  1. Estoy totalmente en desacuerdo que voten. En las proximas elecciones tendriamos que votar a favor y en contra a ver que sale

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